NULIDAD CANÓNICA: MATRIMONIO DE MUJER MENOR DE 14 AÑOS U HOMBRE MENOR DE 16 AÑOS

La edad de los contrayentes en el momento de la celebración del matrimonio siempre ha supuesto una gran preocupación para todos los ordenamientos jurídicos. En España, la jurisdicción civil lo regula expresamente en el artículo 46 del Código Civil estableciendo que no pueden contraer matrimonio los menores de edad no emancipados (puede ser a partir de …

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