La reforma más importante fue la introducida por el Papa Francisco en el año 2015 mediante dos Cartas Apostólicas (Motu proprio datae) que tienen la categoría de Ley Pontificia.
Las modificaciones más importantes son:
1) Flexibilización de la competencia del tribunal que debe conocer la causa de nulidad.
2) Ausencia de una doble Sentencia de nulidad matrimonial afirmativa, siempre que no sea por vía de recurso.
3) La introducción de un procedimiento cuya Sentencia es dictada directamente por el Obispo.