Traslado a una prisión española
¿En qué consiste?
Los traslados de centro penitenciario, pueden ser de dos tipos, nacionales o en el interior de las fronteras de cada país, e internacional o entre las prisiones de diferentes países. Cualquier persona que haya sido condenado en un país distinto al de su residencia o nacionalidad, una vez la firme la sentencia, puede ser trasladado a un centro penitenciario del país de su residencia o nacionalidad y proseguir con el cumplimiento en las mismas condiciones que en el Estado de condena.
El procedimiento se desarrolla entre los Ministerios de Justicia de los Estados interesados o directamente por los juzgados o tribunales de ambos países (en el supuesto de Estados miembros de la Unión Europea).
No obstante, el proceso de traslado de centro penitenciario a nivel internacional, se puede realizar sin perjuicio de poder convertir (adaptar) la pena impuesta por el Estado de condena a la legislación del Estado de cumplimiento o solicitar la libertad por la denegación de la ejecución de la resolución penal en el ámbito de la Unión Europea.
¿Quién Puede Beneficiarse?
Los privados de libertad que pueden ser trasladados a un centro penitenciario de otro país, son las personas residentes o que posean la nacionalidad del Estado de la prisión de destino, que hayan sido condenados por los tribunales de un Estado distinto al de su residencia o nacionalidad y que le resten aún para el cumplimiento total un mínimo de 6 meses (sólo en el ámbito de aplicación del Convenio sobre el traslado de personas condenadas de 1983).
Intervención de Abogado
Legislación Aplicable
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Convenio sobre el traslado de personas condenadas de Estrasburgo de 1983Protocolo Adicional al Convenio sobre traslado de personas condenadas de Estrasburgo de 1997Ley 23/14 de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en el ámbito de la Unión EuropeaDecisión Marco 2008/909/JAI del Consejo relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal por las que se imponen penas u otras medidas privativas de libertad a efectos de su ejecución en la Unión Europea ConveniosConvenios bilaterales: Actualmente, España ha firmado convenios bilaterales con los Estados de Arabia Saudí, Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, China, Ecuador, Venezuela, Yemen, Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes, Filipinas, Guatemala, Honduras, Hong Kong, Kazajistán, Marruecos, Mauritania, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana, Rusia, Senegal y Tailandia.
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