¿CUÁNDO UN PRESO PUEDE PEDIR UN PERMISO PENITENCIARIO ORDINARIO?

El permiso penitenciario ordinario es una medida cuya finalidad es la reinserción social y la preparación del interno para la vida en libertad, constituyendo un aspecto fundamental de su programa de tratamiento y en su proceso de reeducación.

Para acceder a los permisos penitenciarios ordinarios, el interno debe reunir una serie de requisitos, como haber cumplido una cuarta parte de su condena, tener un buen comportamiento y presentar una evolución favorable en su programa de tratamiento. En concreto, la legislación penitenciaria establece que un interno puede solicitar un permiso ordinario cuando:

  • Haya cumplido una cuarta parte de la condena impuesta, salvo en el supuesto de la prisión permanente revisable que será necesario el cumplimiento de un tiempo mínimo privado de libertad de ochos años
  • No se observe mala conducta 

Es importante tener en cuenta que la concesión de permisos penitenciarios está sujeta a criterios de evaluación individual y discrecionalidad sobre sus circunstancias personales y penales por parte de la administración penitenciaria, quien debe valorar si el preso cumple con los requisitos y si existe riesgo de fuga o de comisión de nuevos delitos durante el periodo del permiso y hará un buen uso del permiso.

Por lo expuesto, podemos afirmar que la concesión de los permisos penitenciarios ordinarios no supone un premio o beneficio para los condenados privados de libertad, sino una parte y etapa fundamental de su proceso de resocialización y de preparación para su futura vida en libertad

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