FICHERO CIRBE: Inclusión, uso y mantenimiento y Derechos

En el sistema financiero y de crédito español existen diversos tipos de ficheros donde se recogen los datos crediticios y financieros relativos a las personas físicas o jurídicas y el nivel de cumplimiento de sus obligaciones a sus respectivos vencimientos.

El FICHERO CIRBE O DE LA CENTRAL DE INFORMACIÓN DE LOS RIESGOS DEL BANCO DE ESPAÑA, a diferencia de lo que sucede con los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito, es un servicio público, creado y mantenido por el Banco de España, cuya base datos se encarga de recoger en el mismo los riegos o datos relativos a los productos bancarios y financieros que posee una persona física o jurídica. 

Pueden ser inscritos los riesgos directos, es decir, productos bancarios o financiaciones de los que una persona es titular, y riesgos indirectos, recogiéndose la situación de los avalistas o fiadores.

No obstante, si existen impagos también pueden ser reflejados en dicho fichero. 

La principal diferencia respecto a los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito radica en que mientras estos ofrecen información sobre el incumplimiento de las  obligaciones dineraria, el fichero CIRBE proporciona información sobre los productos bancarios o financieras que posee una persona, independientemente que se haya producido o no algún incumplimiento, aunque no lo impide y también puede recogerse dicho dato.

INCLUSIÓN DE LOS DATOS

Las entidades para poder realizar la inclusión de los datos de identificación de los titulares y de los riegos deben cumplir con los siguientes requisitos:

– Sólo pueden ser inscritos los datos proporcionados por las siguientes entidades:

  • El Banco de España
  • Las entidades de crédito españolas
  • Las sucursales en España de las entidades de crédito extranjeras, las entidades de crédito que operen en régimen de libre prestación de servicios 
  • El fondo de garantía de depósitos
  • Las sociedades de garantía recíproca y de reafianzamiento
  • Los establecimientos financieros de crédito 
  • Los prestamistas inmobiliarios 

– Los datos inscritos son los riesgos directos, es decir, préstamos, créditos, descuentos, emisiones de valores, contratos de garantía, compromisos relativos a instrumentos financieros, o cualquier otro tipo de negocio jurídico propio de su actividad financiera de los que una persona es titular, y riesgos indirectos, recogiéndose también la situación de los avalistas o fiadores.

– Obligación de información de las entidades declarantes a las personas físicas que sean sus acreditados de la citada declaración obligatoria de datos a la CIRBE y del alcance de la misma, haciendo mención expresa, cuando se trate de riesgos de empresarios individuales actuando en el ejercicio de su actividad empresarial, a que se hará constar tal condición

USO Y MANTENIMIENTO DE LA INFORMACION

En cuanto al mantenimiento y uso de los datos de identificación de los titulares y de los riegos, se deben cumplir con las siguientes reglas:

– La información sólo podrá ser usada por las entidades declarantes en relación con la concesión y gestión de créditos, así como con la finalidad de asegurar el efectivo cumplimiento de la normativa sobre concentración de riesgos y cualquier otra que, en el ámbito de la supervisión cautelar a la que están sometidas, les sea de aplicación

– La información a que se refiere este artículo no podrá ser cedida por las entidades declarantes a ninguna otra persona

– Los datos registrados en la C.I.R. se conservarán durante diez años contados desde la fecha a la que se refieran, cancelándose una vez transcurrido dicho plazo

DERECHO DE ACCESO

Cualquier persona, física o jurídica, que figure como titular de un riesgo declarable a la CIRBE, podrá acceder a toda la información que le afecte. 

La solicitud de acceso podrá realizarse por cualquier medio que asegure la identificación y, en su caso, título del peticionario. 

Los datos interesados deberán facilitarse al peticionario en el plazo máximo de diez días hábiles desde la recepción de la solicitud en el Banco de España.

DERECHO DE RECTIFICACIÓN O CANCELACIÓN

Todo titular de datos declarados a la CIR que considere que éstos son inexactos o incompletos podrá solicitar al Banco de España, mediante escrito en el que se indiquen las razones y alcance de su petición, que tramite la rectificación o cancelación de los mismos ante las entidades declarantes

No obstante, las personas físicas podrán formular contra las entidades declarantes la reclamación ante la Agencia de Protección de Datos cuando las decisiones adoptadas conforme a lo previsto en el párrafo anterior no accedan a la rectificación o cancelación solicitada por el afectado, o no haya sido contestada su solicitud dentro del plazo previsto al efecto.

En definitiva, el FICHERO CIRBE O DE LA CENTRAL DE INFORMACIÓN DE LOS RIESGOS DEL BANCO DE ESPAÑA se trata de un servicio público gestionado por el Banco de España, en cuya base de datos se inscriben los datos de identificación y los riesgos asociados a los titulares de productos financieros o cualquier financiación, ya sea en su condición de obligado principal o subsidiario (fiadores, garantes, avalistas).

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