CLÁUSULAS ABUSIVAS: IMPOSICIÓN AL CONSUMIDOR DE GARANTÍAS DESPROPORCIONADAS O LA CARGA DE LA PRUEBA

Los contratos celebrados con motivo de la comercialización de los productos financieros por las entidades bancarias y financieras, están formados, entre otros aspectos, por las cláusulas o condiciones que regulan las relaciones entre las partes, y constituyen la parte principal y más importante del documento.

Las clausulas insertas en los contratos deben haber sido previamente negociadas individualmente, ser conformes a las exigencias de la buena fe y equilibradas respecto a los derechos y las obligaciones de las partes, salvo en los supuestos legalmente permitidos. En caso contrario serán consideradas ABUSIVAS

La IMPOSICIÓN AL CONSUMIDOR DE GARANTÍAS DESPROPORCIONADAS O LE IMPONGAN INDEBIDAMENTE LA CARGA DE LA PRUEBA está considerada abusiva, y concretamente:

  • La imposición de garantías desproporcionadas al riesgo asumido.
  • La imposición de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor y usuario en los casos en que debería corresponder a la otra parte contratante.
  • La imposición al consumidor de la carga de la prueba cuando no le corresponda.

En definitiva, es ABUSIVA la cláusula inserta en el contrato que imponga al consumidor garantías desproporcionadas o indebidamente la carga de la prueba.

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