LA ESTERILIDAD COMO CAUSA INDIRECTA DE NULIDAD MATRIMONIAL CANÓNICA

El matrimonio canónico es la alianza, por la que el hombre y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, orientado al bien de los cónyuges y sus fines son la generación y educación de la prole, y en relación a su orientación encontramos las causas indirectas de la esterilidad de cualquiera de los cónyuges.

 

IMPOTENCIA Y ESTERILIDAD

La impotencia o la incapacidad de cualquiera de los cónyuges para realizar físicamente la cópula o el acto conyugal es una causa de nulidad canónica, concretamente si esa impotencia de uno o de ambos cónyuges es antecedente y perpetúa al matrimonio, independientemente de su conocimiento o no por los contrayentes.

En cambio, la esterilidad de cualquiera de los cónyuges o de ambos no constituye una causa de nulidad. Aunque, si bien es cierto que no obstaculiza que por ese motivo pueda ser declarado el matrimonio nulo por error doloso, por error en la cualidad de la persona o como condición:

  • El error doloso se considera nulo cuando uno de los contrayentes obtiene el consentimiento engañando al otro cónyuge ocultando la circunstancia de la esterilidad, pudiendo verse perturbado el consorcio de vida conyugal.
  • El error en la cualidad de la persona se considera nulo cuando uno de los contrayentes presta el consentimiento matrimonial en virtud de la cualidad de no ser esteril que cree poseer el otro cónyuge, siendo dicha cualidad principal y fundamental, y que sin la misma no hubiera prestado su consentimiento. 
  • El  matrimonio celebrado bajo condición se considera nulo cuando se ha celebrado bajo una condición de que no sean estériles ninguno de los cónyuges y en realidad sí lo son, al menos, uno de ellos.

En definitiva, el matrimonio canónico no puede ser declarado nulo por la sola esterilidad de uno de los cónyuges, pero sí por otros motivos que vienen motivados por ella: ERROR EN LA PERSONA, ERROR EN LA CUALIDAD DE LA PERSONA Y MATRIMONIO CONDICIONADO a la ausencia de esterilidad.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×