INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE FINANCIACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES: MÉDICOS, DENTISTAS, OPTICOS…

Los consumidores en muchas ocasiones se ven obligados a acudir a diversos productos financieros, generalmente, préstamos al consumo, para acceder a la prestación de servicios por parte de muchos profesionales.

El cumplimiento contractual de las tres partes, consumidor, entidad financiera y prestador del servicio, de sus respectivas obligaciones no supone ningún inconveniente, ni perjuicio para ninguna de ellas.

Aspecto muy diferente nos encontramos ante los INCUMPLIMIENTO/S POR ALGUNA DE ESAS PARTES, sobre todo si el cumplimiento es de la prestadora del servicio, puesto que el consumidor vería cómo sus intereses quedarían muy perjudicados y en cambio tendría que seguir cumpliendo con el contrato de financiación para no verse demandado en un procedimiento de reclamación de cantidad por incumplimiento de contrato. 

En este tipo de problemáticas se encuentran las personas que han visto cómo la entidad prestataria del servicio ha cerrado, ha solicitado un concurso de acreedores, o ambas, quedando en una profunda indefensión (clientes de clínicas low cost como Dentix, Idental…), pudiendo ejercitar, tanto frente a la entidad bancaria o financiera como contra el profesional que debe prestar el servicio, las siguientes ACCIONES EXTRAJUDICIALES O JUDICIALES (demandas):

EXIGIR EL CUMPLIMIENTO 

RESOLVER EL CONTRATO 

INDEMNIZACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS 

CONTRATOS VINCULADOS

Recordando que los contratos, de prestación y de financiación, están vinculados, por lo que las acciones se pueden dirigir contra ambas partes aunque una de ellas no haya incumplido puesto que forman una unidad comercial. 

Actualmente, en esta situación se encuentran los consumidores afectados por el concurso de acreedores de DENTIX E IDENTAL entre otros.

Concluyendo, los consumidores o usuarios perjudicados por el incumplimiento de los contratos de financiación de servicios profesionales pueden exigir el cumplimiento o la resolución, con la correspondiente indemnización por daños y perjuicios en ambos casos.

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