SOLUCIONES ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE PAGAR LAS DEUDAS

Cuando se hace imposible hacer el pago de una deuda, el escenario para la persona o la familia deudora se vuelve incierto, preocupante y desalentador. Sin embargo, en legislación española existen soluciones ante la imposibilidad de pagar las deudas o las obligaciones a su respectivo vencimiento. 

 

LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD: UNA SOLUCIÓN LEGAL ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE PAGAR LAS DEUDAS

En julio de 2015, la Ley de Segunda Oportunidad se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como una solución legal para particulares o autónomos que, ante una situación crítica en su estado económico, han adquirido con el tiempo deudas que son difíciles de pagar. Con esta legislación no se buscaba evitar el pago de las deudas, sino más bien reestructurarlas de tal manera que se pueda llegar a un punto de equilibrio entre los deudores y los acreedores

No obstante, la Ley de Segunda Oportunidad valora la posibilidad de una exoneración total de la deuda en caso de comprobarse que, efectivamente, la persona es incapaz de saldarla, sin que para ello deba poner en riesgo su patrimonio tanto presente como futuro. 

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROCESO DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

La solución que otorga la Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento muy garantista y se desarrolla mediante dos fases. A través de estas se evita que el deudor pueda sufrir un embargo o puedan continuar los ya acordados anteriormente. 

La primera fase es extrajudicial, también conocida como mediación concursal, que consiste en intentar negociar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos con los acreedores del deudor, evitando tener que acudir a un juzgado. En dicha primera fase para su control y seguridad interviene un notario, el Registro Mercantil o la Cámara de Comercio y un mediador concursal, profesional encargado de la supervisión y de dirigir las negociaciones, levantando acta final con su resultado.

Por su parte, la segunda fase es la judicial o Concurso Consecutivo, en la cual se busca negociar un convenio con los acreedores o la exoneración completa de la deuda adquirida.

Por lo expuesto, la solución prevista en la Ley de Segunda Oportunidad, ante la situación de imposibilidad de pagar las deudas, se trata de un proceso muy garantista en los derechos del deudor, cuyo fin es conseguir la aprobación de un Acuerdo Extrajudicial de Pagos o la cancelación de las deudas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×