Los contratos celebrados con motivo de la comercialización de los productos financieros por las entidades bancarias y financieras, están formados, entre otros aspectos, por las cláusulas o condiciones que regulan las relaciones entre las partes, y constituyen la parte principal y más importante del documento.
Los contratos celebrados con motivo de la comercialización de los productos financieros por las entidades bancarias y financieras, están formados, entre otros aspectos, por las cláusulas o condiciones que regulan las relaciones entre las partes, y constituyen la parte principal y más importante del documento.
Las clausulas insertas en los contratos deben haber sido previamente negociadas individualmente, ser conformes a las exigencias de la buena fe y equilibradas respecto a los derechos y las obligaciones de las partes, salvo en los supuestos legalmente permitidos. En caso contrario serán consideradas ABUSIVAS.
La LIMITACIÓN DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR Y USUARIO está considerada abusiva, y concretamente:
- La exclusión o limitación de forma inadecuada de los derechos legales del consumidor y usuario por incumplimiento total o parcial o cumplimiento defectuoso del empresario.
- La exclusión o limitación de la responsabilidad del empresario en el cumplimiento del contrato, por los daños o por la muerte o por las lesiones causadas al consumidor y usuario por una acción u omisión de aquél.
- La liberación de responsabilidad del empresario por cesión del contrato a tercero, sin consentimiento del deudor, si puede engendrar merma de las garantías de éste.
- La privación o restricción al consumidor y usuario de las facultades de compensación de créditos, retención o consignación.
- La limitación o exclusión de la facultad del consumidor y usuario de resolver el contrato por incumplimiento del empresario.
- La imposición de renuncias a la entrega de documento acreditativo de la operación.
- La imposición de cualquier otra renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario.
En definitiva, es ABUSIVA la cláusula inserta en el contrato que limite los derechos del consumidor y usuario: Exclusión parcial o total de los derechos del consumidor, exclusión o limitación de la responsabilidad del empresario…).