¿QUÉ PENADOS PUEDEN SER INCLUIDOS EN EL FICHERO DE INTERNOS DE ESPECIAL SEGUIMIENTO (F.I.E.S.)?

El Fichero FIES O Fichero de Internos de Especial Seguimiento es un archivo interno de la administración penitenciaria creado en 1991 por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias con el objetivo de realizar un control más exhaustivo a ciertos internos en función del delito cometido. 

Actualmente, se encuentra regulado en la Instrucción 21/96 y pueden ser incluidos en el fichero los siguientes penados:

  • En el FIES 1 se incluyen a las personas peligrosas y conflictivas que dentro o fuera de la cárcel hayan protagonizado incidentes, intento de fugas, motines, o hayan puesto en peligro la vida de funcionarios, otros internos o algún tipo de autoridad.
  • En el FIES 2 se insertan a todas personas vinculadas a una ORGANIZACIÓN nacional o extranjera AUTORA DE DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA (tráfico de drogas o estupefacientes) O DELITOS LIGADOS A ESTOS (blanqueo y tráfico de dinero).
  • En el FIES 3 se introducen todos los ingresados en prisión vinculados a BANDAS ARMADAS O GRUPOS TERRORISTAS o a aquellos a quienes los informes de las Fuerzas de Seguridad establezcan algún tipo de vinculación con ellos.
  • En el FIES 4 se añaden a los FUNCIONARIOS DE SEGURIDAD o a los FUNCIONARIOS DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS que han pertenecido a cualquiera de estos colectivos profesionales y haya que proteger su integridad física y mantener su seguridad.
  • En el FIES 5 se incorporan diversos colectivos, entre ellos a los DELINCUENTES COMUNES INTERNACIONALES autores o presuntos autores de delitos muy graves y violentos contra la libertad sexual y con ello hayan provocado una GRAN ALARMA SOCIAL. 

Por lo expuesto, podemos comprobar como el FICHERO F.I.E.S. es un archivo interno de la administración penitenciaria para su uso privado y está dividido en diferentes grupos, dependiente del perfil de la persona condenada, del delito cometido y de su historial delictivo.

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