¿QUÉ ES LA REDENCIÓN DE PENAS POR EL TRABAJO?

Los beneficios penitenciarios son las medidas que permiten la reducción de la duración de la condena impuesta en la sentencia o de la del tiempo de internamiento. Uno de dichos beneficios es la redención de penas por el trabajo. Es un beneficio concedido a los internos que consiste en la reducción de un día de condena por cada dos de trabajo.

Es una institución derogada por el nuevo Código Penal de 1995, pero se sigue aplicando, de manera transitoria, a penados conforme a la normativa del antiguo Código Penal.

En cuanto a dicho beneficio penitenciario, es importante resaltar la Doctrina Parot del Tribunal Supremo, estableciendo que ante la reducción de condena por redención de penas por el trabajo, las reducciones deben aplicarse sobre cada pena en orden de gravedad, hasta que el tiempo de las penas cumplidas con sus respectivos e individualizados beneficios penitenciarios alcance el total de pena a cumplir o, en su caso, los treinta años que cumplen la pena con arreglo al anterior Código Penal de 1973 y que disfrutan del beneficio penitenciario de redención de penas por el trabajo, inexistente en el Código Penal actual de 1995.

No obstante, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España al considerar que la Doctrina Parot vulnera los artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Concluyendo, la redención de penas por el trabajo supone una modalidad de reducción de la condena en función del tiempo que haya trabajado el interno. Actualmente, solo se aplica a los privados de libertad que fueron condenados conforme al Código Penal de 1973.

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